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Alquiler Licenciado en Derecho, ¿Qué se requiere para ser compatible?

Alquiler Licenciado en Derecho, ¿Qué se requiere para ser compatible?

DECRETO 28/2016 PUBLICADO EL 11 de febrero (en vigor desde el día 2 EL MAYO DE 2016). JUNTA DE ANDALUCIA emite ahora un nuevo decreto, aplicable y vigente desde el 12 de mayo de 2016 a los apartamentos de alquiler y PROPIEDADES EN ESPAÑA.

El Decreto no es aplicable en los casos siguientes:

  • Alquiler vacacional  a los familiares, amigos o terceros sin alquiler a pagar (gratis)
  • Las propiedades que se alquilan a la misma persona durante un período continuado de más de 2 meses.
  • Propiedades rurales en zonas rústicas en el caso de que los que se utilizan para el alquiler, ya que se regirán por el Decreto 20/2002.
  • Tres o más propiedades alquiladas en el mismo complejo y la propiedad de la misma persona, ya que se regirán por el Decreto 194/2010.

El Decreto considera como propiedades utilizadas para alquiler en vacaciones y por lo tanto, el Decreto es aplicable a aquellas propiedades que se alquilan por un precio con el objetivo turístico y de forma regular.

La propiedad será considerada como un alquiler de vacaciones cuando se promueve o se muestra en cualquier tipo de medio de promoción y publicidad (periódicos, sitios web, agencias, estados reales, y cualquier otro sistema que incluye la posibilidad de reservar la propiedad).

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Con el fin de cumplir con las regulaciones del decreto, la propiedad utilizada para alquiler de vacaciones debe obedecer a los siguientes requisitos:

  • La propiedad debe tener licencia de primera ocupación y la norma de calidad para una propiedad
  • Las habitaciones deberán tener suficiente ventilación al exterior o patios, así como cualquier tipo de mecanismo para hacer que la habitación oscura, como persianas o cortinas
  • Deben estar lo suficientemente amuebladas.
  • Además, deben tener sistemas de refrigeración en las habitaciones y la sala de estar, si la propiedad va a ser alquilada de mayo a septiembre, y en el caso de que la propiedad sea alquilada de octubre a abril,  necesitan tener sistema de calefacción. * POR FAVOR cuenta que el propietario tiene un año para adaptar la PROPIEDAD Y CUMPLIR CON ESTE REQUISITO. (DSIP. Única.2 Transitoria)
  • La propiedad debe tener botiquín
  • La propiedad tiene que tener panfletos o folletos o incluso CDs con información turística de la zona: restaurantes, bares, actividades de ocio, zonas comerciales y supermercados, centros de asistencia médica, transporte urbano, un mapa para el municipio y las actuaciones y la guía del evento si es aplicable
  • La propiedad debe tener libro de reclamaciones y también  anuncio que indica expresamente que hay un libro de reclamaciones a disposición
  • La propiedad debe ser limpiada al principio y al final de cada período de alquiler.
  • La propiedad debe disponer de ropa de cama, cubiertos  y toallas.
  • Es obligatorio proporcionar a los usuarios un número de teléfono de contacto para cualquier queja o consulta planteada.
  • Libros de instrucciones de los electrodomésticos de línea blanca
  • Informar al usuario de cualquier restricción, tales como animales de compañía y las zonas de fumadores

El decreto también especifica las condiciones y términos particulares para los contratos de propiedades de alquiler, que son los siguientes:

  • El documento debe tener los detalles del propietario, incluyendo un número de teléfono como se indica en el párrafo anterior, el número de registro en la Junta de Andalucía, las fechas de llegada y salida, número de personas que se quedan en la propiedad y el precio total para el alquiler
  • Todos los usuarios deben ser identificados por pasaporte o DNI
  • Una copia del documento deberá ser conservada por el propietario o la agencia durante un año, para proporcionar cualquier información si es necesario a las autoridades españolas que así lo requieran
  • En el caso de que las partes no están de acuerdo  con respecto a la hora de llegada y de salida, se entenderá como si el derecho a ocupar la propiedad comienza a las 16.00PM y termina en el 24:00
  • El propietario o persona designada,  deben mostrar a los usuarios como funcionan los electrodomésticos. Y también es obligatorio  proporcionar a los usuarios con llaves, tarjetas o cualquier otro documento relevante o códigos a las zonas comunes.

Por favor tome en consideración que el precio de oferta será POR NOCHE y el precio debe incluir el agua, electricidad, calefacción, A / C y limpieza, así como el uso de la ropa de cama, toallas y cubiertos. El propietario o persona designada debe dar un recibo por el servicio de pago y cualquier pago efectuado en concepto de reserva si los hubiere. Es importante informar de antemano sobre las condiciones de la reserva, precios y comprobantes de pago.

En el caso de que las partes no han acordado específicamente en los siguientes puntos, las siguientes indicaciones serán aplicables:

  • Con el fin de reservar  la propiedad, el propietario puede pedir un importe máximo del 30% del importe total en concepto de reserva.
  • Si la reserva es cancelada por el usuario con más de diez días de antelación, el propietario tiene el derecho a mantener el 50% de la cuota de reserva en concepto de indemnización.
  • Si la reserva es cancelada por el usuario después de diez días a partir del comienzo del arrendamiento, el propietario tiene el derecho de mantener la cantidad total de la cuota de reserva en concepto de indemnización
  • Si la reserva es cancelada por el propietario o persona designada, entonces debe pagar la reserva y si se hace con menos de 10 días antes de la llegada, el propietario debe pagar hasta el 30% del precio total como compensación para el usuario
  • En caso de fuerza mayor, debidamente probado, las partes no tienen penalización alguna.

El artículo 9 del Decreto advierte expresamente a los propietarios que deben de ser inscritos en el Registro de Turismo de ANDALUCIA, por sí mismos o por terceras partes designadas, llenando un DECLARACION RESPONSABLE sobre el cumplimiento de los requisitos que hemos estado pasando en los párrafos anteriores . Además, debe incluir:

  • Detalles de la propiedad, referencia catastral, número máximo de usuarios a la vez.
  • Detalles de los propietarios y dirección para las notificaciones.
  • Detalles de la agencia o persona designada si la propiedad se alquila a través de ellos o una Agencia

En el caso de que dichos datos cambian,  necesitan  actualizar su registro. Los detalles serán enviados al Consejo,. Una vez que su propiedad está registrada, entonces debe poner el código que se le proporciona en cada promoción o anuncio hecho.

No cumplir con el Decreto,  puede costar una multa de 2.000 euros a 150.000 euros.

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